22 agosto, 2024

Tributación del préstamo de accionistas promulgada en el acta de la junta de accionistas (artículo 22, párrafo 2 del Decreto Presidencial nº 131/1986)

El Tribunal Supremo de Casación, con sentencia n° 1960, sección V, de 18 de enero de 2024 , tras la intervención de las Secciones Unidas con sentencia n° 14432 de 24 de mayo de 2023, excluye la tributación de un préstamo de accionistas previsto en un contrato de accionistas ‘ Acta de reunión relativa al aumento de capital social de una sociedad de responsabilidad limitada.

En particular, la Corte Suprema afirmó que:

  1. En materia de impuesto de registro , el acuerdo de la junta general de aumento de capital social, obtenido mediante la asignación de un préstamo de accionistas celebrado verbalmente con la sociedad, no está sujeto al impuesto, incluso cuando la declaración de se puede encontrar el préstamo no registrado anterior, ya que la asignación determina la terminación de los efectos del préstamo, en razón del uso antes mencionado, dando lugar a la causa de no imponibilidad conforme al artículo 22, apartado 2, del Decreto Presidencial. núm. 131 de 1986;

 

  1. el préstamo dejó de surtir efecto tras la capitalización definitiva del importe ya pagado por el accionista a la sociedad que dio lugar a la extinción (mediante renuncia, pero antes mediante contraprestación: cf. Tribunal Supremo de Casación italiano, sección 1, 19 de marzo de 2009 , n° 67011) de la obligación de la sociedad de reembolsar al accionista, si no antes, al mismo tiempo o en ejecución de la escritura de nombramiento;

 

  1. En referencia a la procedencia de la compensación entre los créditos reclamados por los accionistas por préstamos y las deudas de aportaciones que el accionista tiene con la sociedad cesionaria, ya ha aclarado que el préstamo se extingue en el mismo momento en que los créditos derivados del mismo se extinguen. activar.

 

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