22 agosto, 2024
Plan de recompensas para trabajadores «altamente cualificados» que quieran trasladarse a Italia.
El gobierno italiano ha implementado recientemente incentivos para trabajadores «altamente calificados» que quieran trasladarse a Italia.
El sistema de bonificación consiste en una reducción de la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas en un 50% y se aplica a partir del año fiscal en el que se produjo el traslado de la residencia fiscal en Italia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes. Tenga en cuenta que la “residencia fiscal” requiere el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones durante la mayor parte del período impositivo: (a) inscripción en el registro de población italiano; (b) centro de intereses vitales en Italia (familia, etc.); c) presencia física en el territorio italiano.
Los “lavoratori impatriati” pierden los beneficios fiscales si no mantienen la residencia en Italia en los dos años siguientes a la transferencia, con la consiguiente obligación de devolver los impuestos no pagados junto con sanciones e intereses.
El sistema de recompensa se aplica a los siguientes sujetos, que trasladan su residencia fiscal en Italia:
trabajadores (por cuenta ajena o por cuenta propia – ciudadanos italianos o extranjeros):
no residentes en Italia en los cinco ejercicios fiscales anteriores;
que se comprometan a permanecer en Italia durante dos años después del traslado de residencia;
que se comprometan a realizar sus operaciones comerciales principalmente en el territorio italiano;
Se requieren condiciones adicionales para los empleados:
deben tener roles de liderazgo o deben estar en posesión de requisitos altamente calificados;
el trabajo debe realizarse en una empresa residente en Italia por una relación laboral.
Ciudadanos de la UE, o ciudadanos de Estados no pertenecientes a la UE con los que Italia haya adherido a tratados contra la doble imposición o acuerdos para el intercambio de información en materia fiscal, que:
haberse graduado y haber realizado ininterrumpidamente en el extranjero, durante los 24 meses anteriores, una actividad por cuenta ajena, por cuenta propia o empresarial;
realizado una actividad de estudios obteniendo una especialización de pregrado o posgrado.