28 enero, 2018
Guía sobre el marco regulatorio de los fondos de inversión alternativos en Italia
¿Qué legislación regula el establecimiento y funcionamiento de los Fondos de Inversión Alternativos?
Los FIA italianos están regulados principalmente por:
- Decreto legislativo Nº 58, de 24 de febrero de 1998, sobre la Ley refundida de finanzas ( Ley refundida de finanzas, TUF );
- Reglamento del Banco de Italia, de 19 de enero de 2015, sobre la gestión colectiva de carteras ( Reglamento sobre la gestión colectiva del ahorro );
- Decreto ministerial de 5 de marzo de 2015, n. 30 implementando el art. 39 TUF;
- Comunicaciones, orientaciones y directrices del Banco de Italia, CONSOB y ESMA.
- La Comisión Italiana de Bolsa y Valores ( Commissione Nazionale per la Società e la Borsa (CONSOB)) Reglamento no. 11971, de 14 de mayo de 1999, que contiene el Reglamento sobre emisores (Reglamento CONSOB).
- Ley del Banco de Italia y de la CONSOB, de 29 de octubre de 2007, relativa al Reglamento sobre la organización y los procedimientos de intermediación en la prestación de servicios de inversión o de gestión de inversiones colectivas (Reglamento conjunto).
- Reglamento Delegado (UE) n.º 231/2013, en materia de exenciones, condiciones generales de funcionamiento, depositarios, apalancamiento, transparencia y supervisión.
Por supuesto, todos los FIA italianos se ven afectados operativamente por la Directiva 2011/61/UE sobre gestores de fondos de inversión alternativos (la “ Directiva GFIA ”).
¿Se exige que los administradores o asesores de fondos de inversión alternativos estén autorizados, autorizados o regulados por un organismo regulador?
Todos los gestores de FIA italianos deben estar autorizados por el Banco de Italia previa consulta con la CONSOB (la Autoridad de Servicios Financieros de Italia). La autorización será concedida por el Banco de Italia en un plazo de 90 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. El Banco de Italia puede suspender una o más veces el plazo si requiere documentos y/o información adicionales. Generalmente, el procedimiento de autorización no deberá exceder los 120 días.
¿Se exige que los propios fondos de inversión alternativos estén autorizados, autorizados o regulados por un organismo regulador?
Los FIA en sí no necesitan estar autorizados, pero sus reglamentos deben ser aprobados por el Banco de Italia.
¿El régimen regulatorio distingue entre fondos de inversión alternativos abiertos y cerrados (o diferencia entre diferentes tipos de fondos) y, en caso afirmativo, cómo?
Decreto ministerial de 5 de marzo de 2015, n. 30 distingue entre 4 tipos de FIA italianos:
- FIA italiano de composición abierta;
- FIA italiano de tipo cerrado;
- FIA inmobiliario italiano; y
- FIA reservado italiano (tenga en cuenta que los fondos reservados pueden ser abiertos y/o cerrados).
FIA italianos de duración abierta
El capital de un FIA italiano de tipo abierto puede invertirse en:
- instrumentos financieros negociados en un mercado regulado; y/o
- depósitos bancarios.
También puede invertir en instrumentos financieros no negociados en un mercado regulado, si el importe de la inversión no supera el 20% del capital.
Los inversores tienen derecho a solicitar el reembolso de las participaciones/acciones del capital de un FIA de tipo abierto al menos una vez al año. Además, el FIA debe calcular el valor de las participaciones/acciones cada año o cada vez que se emitan nuevas participaciones/acciones. Los inversores tienen derecho a recibir el reembolso dentro de los 15 días siguientes a la solicitud.
FIA italianos de tipo cerrado
El capital de un FIA italiano de tipo cerrado puede invertirse en:
- activos inmobiliarios, derechos de propiedad inmueble (incluidos los derechos resultantes de contratos de arrendamiento inmobiliario con carácter traslacional y relaciones de concesión) y participaciones en empresas inmobiliarias, participaciones en otros FIA inmobiliarios;
- créditos y títulos de deuda, incluidos los créditos asociados al capital de la OIC (en otras palabras, estos FIA de tipo cerrado pueden invertirse en créditos y títulos de deuda y, al mismo tiempo, pueden proporcionar financiación a terceros); y/o
- otros activos para los que exista mercado y que tengan un valor determinable con certeza al menos cada 6 meses.
El reembolso de las participaciones/acciones del capital de un FIA de tipo cerrado se realiza al vencimiento del fondo. A este respecto, tenga en cuenta que el reglamento del FIA puede permitir el reembolso anticipado de las participaciones/acciones en los siguientes casos: (i) por iniciativa del administrador del FIA, a todos los partícipes, proporcionalmente a las acciones poseídas por cada participante; (ii) a solicitud de un solo participante, por un monto: (iia) no superior a las sumas adquiridas mediante nueva suscripción; (ii ter) no superior al valor de los préstamos recibidos por el FIA, aunque no superen el 10% del valor del FIA.
La ley no establece un período de duración mínimo ni máximo para un FIA de tipo cerrado, aunque este tipo de FIA suele tener un vencimiento de entre 5 y 10 años.
AIF inmobiliarios italianos
Los FIA inmobiliarios italianos son FIA de tipo cerrado que pueden invertir en:
- activos inmobiliarios, derechos sobre bienes inmuebles (incluidos los derechos resultantes de contratos de arrendamiento inmobiliario con carácter traslacional y relaciones de concesión) y participaciones en empresas inmobiliarias, participaciones en otros FIA inmobiliarios.
El valor de este tipo de inversión inmobiliaria no puede ser inferior a 2/3 del valor bruto de todas las inversiones realizadas por el FIA, reducido al 51% si al menos el 20% del capital del FIA se invierte en operaciones de titulización que impliquen bienes inmuebles, derechos sobre bienes inmuebles o créditos garantizados con hipoteca.
FIA reservados italianos
Los FIA Reservados Italianos son fondos de inversión alternativos reservados exclusivamente:
- a inversores profesionales; y/o
- a inversores no profesionales. que suscriban acciones/participaciones del FIA por un importe mínimo de 500.000 euros; este umbral no se aplica a las acciones/participaciones suscritas por los administradores y/o empleados del GFIA.
Un FIA reservado italiano puede ser de tipo abierto o cerrado.
¿Qué implica el proceso de autorización?
El Banco de Italia (previa consulta a la CONSOB) autorizará un GFIA cuando se cumplan, entre otras, las siguientes condiciones:
- la sociedad ha adoptado la forma de sociedad de responsabilidad limitada por acciones (società per azioni o SpA);
- la empresa tiene su domicilio social y sede social en Italia;
- el capital social mínimo exigido por el Banco de Italia ha sido desembolsado en su totalidad;
- todas las personas que desempeñan funciones administrativas, de gestión y de supervisión cumplen ciertos requisitos de integridad, experiencia, profesionalismo, equidad e independencia;
- todos los accionistas que posean al menos el 10% de los derechos de voto de la empresa satisfacen ciertos requisitos de integridad, equidad y solidez financiera (para una descripción detallada, consulte la Sección IV de este Memorando);
- asegurar una gestión sana y prudente de la sociedad, considerando, entre otros, la calidad de los accionistas, la solidez financiera de los mismos accionistas, la capacidad de la sociedad para cumplir con las disposiciones que regulan sus actividades, la idoneidad de la estructura de la sociedad grupo para permitir una supervisión efectiva, la ausencia de sospecha razonable de que los accionistas estén relacionados con el lavado de dinero o el financiamiento del terrorismo;
- la estructura del grupo al que pertenece la sociedad no perjudica la supervisión efectiva de la sociedad;
- presentar, junto con la escritura de constitución y los estatutos, un Programa de Operaciones Iniciales (“PAI”) y un Informe de Estructura Organizacional (“RSO”).
La autorización será denegada si, tras la verificación de las condiciones anteriores, el Banco de Italia considera que la gestión sana y prudente de la empresa no está garantizada.
La solicitud para obtener la aprobación de un reglamento FIA del Banco de Italia debe adjuntar:
- El reglamento del Fondo;
- Una declaración jurada del banco depositario en la que el banco declara que está autorizado por el Banco de Italia para prestar servicios de depositario;
- Una declaración jurada del GFIA que demuestre que evaluó que el banco depositario cumple los requisitos de autonomía.
El reglamento se considera aprobado 60 días después de la fecha de recepción por el Banco de Italia de la solicitud completa con toda la documentación necesaria.
¿Existen requisitos de residencia local u otros requisitos de calificación locales?
El GFIA deberá tener su domicilio social y su sede social en Italia.
¿Qué proveedores de servicios se requieren?
El GFIA debe celebrar un acuerdo con un banco depositario para salvaguardar los activos del fondo.
La auditoría legal debe confiarse a una sociedad de auditoría independiente ( revisore legale dei conti ) inscrita en el registro público correspondiente.
¿Qué acuerdos de cooperación o intercambio de información se han celebrado con otros gobiernos o reguladores?
La lista de acuerdos y acciones de cooperación está disponible en el sitio web del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.finanze.gov.it/opencms/it/fiscalita-comunitaria-e-internazionale/convenzioni-e-accordi/ ).
Estructuras de fondos
¿Cuáles son las principales estructuras legales utilizadas para los Fondos de Inversión Alternativos?
Según la legislación italiana, la creación de fondos de inversión alternativos está reservada a empresas autorizadas por el Banco de Italia (previa consulta a CONSOB) para operar como:
- sociedad de gestión de activos del AIF (“ SGR ”), o como;
- Sociedad de inversión en capital social fijo (“ SICAF ”) de la AIF.
La principal diferencia entre los dos esquemas es la relación contractual entre la empresa y sus inversores. En particular, una SICAF es una sociedad de inversión colectiva (“ UCI ”) de tipo cerrado constituida como sociedad de responsabilidad limitada por acciones ( società per azioni ), cuyo capital social es fijo, teniendo como objeto social exclusivo la inversión colectiva de los activos captados. ofreciendo al público sus acciones y otros instrumentos financieros híbridos; los subfondos son creados por la SICAF y los inversores se convierten en accionistas de la propia SICAF. En consecuencia, los inversores tendrán derechos de gobernanza en la SICAF y podrán tener voz en las estrategias de inversión de los fondos, ejerciendo su derecho de voto dentro de la SICAF.
En cambio, bajo un esquema SGR, los fondos son creados por la SGR y los inversionistas comprarán sólo unidades de los fondos, sin convertirse en accionistas de la SGR. En consecuencia, los inversores no tienen ningún derecho de voto en relación con la gestión de los fondos; Los inversores, al suscribir las participaciones de los fondos, establecerán una relación contractual únicamente con la SGR.
Responsabilidad limitada de los inversores.
Los inversores no serán responsables más allá del importe de sus aportaciones.
¿Existe algún límite a la capacidad del gestor para restringir los reembolsos en fondos abiertos o las transferencias en fondos abiertos o cerrados?
En los FIA de tipo abierto, los inversores tienen derecho a solicitar el reembolso de las unidades/acciones del capital de un FIA de tipo abierto al menos una vez al año. Además, el FIA debe calcular el valor de las participaciones/acciones cada año o cada vez que se emitan nuevas participaciones/acciones. Los inversores tienen derecho a recibir el reembolso dentro de los 15 días siguientes a la solicitud.
En los casos excepcionales específicamente indicados en el reglamento del FIA o en los estatutos del GFIA, el derecho a recibir el reembolso podrá suspenderse durante un máximo de un mes. La suspensión deberá comunicarse inmediatamente al Banco de Italia y a la CONSOB.
En los fondos de tipo cerrado, los inversores tienen derecho a solicitar el reembolso de las unidades/acciones del capital de un FIA de tipo cerrado al vencimiento del fondo. El vencimiento puede posponerse, por un máximo de 3 años, si así lo prevé el reglamento del FIA o los estatutos del GFIA. El aplazamiento deberá comunicarse inmediatamente al Banco de Italia y a la CONSOB.
El reglamento del FIA o los estatutos del GFIA también pueden establecer los supuestos en los que puede anticiparse el derecho a solicitar el reembolso.
¿Existen restricciones legislativas a las transferencias de intereses de inversores en fondos de inversión alternativos?
No existen restricciones, salvo las previstas por las normas de gestión del fondo, en su caso.
Marketing
¿Cuáles son los requisitos de contenido clave para los materiales de marketing, ya sea por requisitos legales o por prácticas habituales?
Los materiales de marketing deben ser precisos, claros y no engañosos.
¿Qué restricciones existen para la comercialización de Fondos de Inversión Alternativos?
- Comercialización en Italia de FIA minoristas de tipo cerrado realizada por un GFIA italiano . El GFIA italiano debe notificar a la CONSOB su intención de comercializar los FIA minoristas de tipo cerrado italianos. El GFIA italiano puede iniciar la comercialización tras recibir la notificación de la CONSOB.
- Comercialización en Italia de FIA minoristas cerrados de la UE realizada por un GFIA italiano . El GFIA italiano debe transmitir una solicitud de comercialización a la CONSOB, que debe autorizar la solicitud en un plazo de 20 días, si se cumplen las condiciones.
- Comercialización en Italia de FIA minoristas cerrados de la UE realizada por un GFIA de la UE . Se aplica el procedimiento de autorización descrito anteriormente para los FIA minoristas de tipo cerrado de la UE dirigidos por GFIA italianos. Además, también se aplica el procedimiento de pasaporte (es decir, la autoridad competente del Estado miembro de origen del GFIA debe notificar a la CONSOB la intención del GFIA de comercializar el FIA en Italia).
¿Se pueden comercializar fondos de inversión alternativos entre inversores minoristas?
Los FIA de tipo abierto y cerrado se pueden comercializar entre inversores minoristas siempre que no sean FIA reservados.
¿Qué requisitos de calificación deben cumplirse en relación con los posibles inversores?
El Reglamento Consob N° 16190 de 29 de octubre de 2007 (“Regolamento Intermediari”) define un «cliente» como la persona física o jurídica a quien el intermediario presta servicios de inversión. Identifica tres categorías de clientes: (i) clientes minoristas; (ii) clientes profesionales y (iii) contrapartes cualificadas.
Los clientes minoristas son todos «clientes que no califican como clientes profesionales o contrapartes calificadas». Son clientes profesionales (i) aquellos específicamente identificados como tales por la CONSOB (denominados “Cliente Profesional por Ley”) y (ii) aquellos que solicitan a la administradora ser calificados como clientes profesionales.
La administradora del fondo está obligada a evaluar las características del cliente y su capacidad para ser clasificado como Cliente Profesional.
¿Existen restricciones adicionales a la comercialización a organismos públicos como los fondos de pensiones gubernamentales?
En general, los organismos públicos se clasifican como inversores minoristas.
Sin embargo, la ley italiana también define a los clientes públicos profesionales. Los clientes públicos profesionales por ley son el Gobierno y el Banco de Italia. En cambio, los clientes públicos profesionales que lo soliciten son las Regiones, las Provincias Autónomas de Trento y Bolzano, los sujetos a que se refiere el art. 2 del Decreto Legislativo núm. 267/2000, así como las entidades públicas nacionales y regionales, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- unos ingresos finales constatados en las últimas cuentas de gestión aprobadas de más de 40 millones de euros;
- hayan realizado transacciones en el mercado financiero de un valor nominal o nocional superior a 100 millones de euros en los tres años anteriores a la celebración del contrato;
- Presencia en la plantilla de personal de gestión financiera que haya adquirido capacidades, conocimientos y experiencia adecuados en servicios de inversión, incluida la gestión colectiva y los instrumentos financieros.
¿Existe alguna restricción sobre el uso de intermediarios para ayudar en el proceso de recaudación de fondos?
El intermediario debe estar autorizado para prestar servicios de inversión en relación con la comercialización de los FIA. El uso de intermediarios autorizados no está restringido.
¿Existen restricciones a la participación en fondos de inversión alternativos por parte de determinados tipos de inversores, como instituciones financieras (ya sea como patrocinadores o inversores)?
No existen restricciones específicas a la participación de instituciones financieras además de las medidas diseñadas para contener el riesgo sistémico.
Inversiones
¿Existen limitaciones sobre los tipos de inversiones que pueden incluirse en la cartera de un Fondo de Inversión Alternativa, ya sea por razones de diversificación o de otro tipo?
Según la ley italiana, específicamente el Decreto Ministerial del 5 de marzo de 2015, n. 30, el capital de un Fondo de Inversión Alternativa (“ FIA ”) puede invertirse en una o más de las siguientes categorías:
- instrumentos financieros negociados en un mercado regulado;
- instrumentos financieros no negociados en un mercado regulado;
- depósitos bancarios;
- activos inmobiliarios, derechos de propiedad inmueble (incluidos los derechos resultantes de contratos de arrendamiento inmobiliario con carácter traslacional y relaciones de concesión) y participaciones en empresas inmobiliarias, participaciones en otros FIA inmobiliarios;
- créditos y títulos de deuda, incluidos créditos asociados al capital de la UCI;
- otros activos para los que exista mercado y que tengan un valor determinable con certeza al menos cada 6 meses.
Divulgación de información
¿Cuáles son los requisitos de presentación de informes en relación con los Fondos de Inversión Alternativos?
Los GFIA deben comunicar al Banco de Italia:
- información relacionada con operaciones relevantes realizadas;
- documentos administrativos (por ejemplo, acta de la junta de accionistas que resuelve una modificación de los estatutos);
- información relacionada con modificaciones del sistema de gobierno corporativo;
- documentos contables;
- cada año, una descripción del grupo empresarial;
- cada año, información relacionada con los accionistas:
- cada año, los estados financieros;
- informes del organismo supervisor.
Además, el Banco de Italia y la Consob, en el ámbito de sus funciones, podrán exigir la comunicación de datos e informaciones y la transmisión de documentos y registros en la forma y dentro de los plazos que establezcan.
Los auditores legales independientes notificarán sin demora al Banco de Italia y a la Consob los actos o hechos que puedan (i) constituir una violación grave de las disposiciones que rigen la actividad del GFIA, (ii) poner en peligro la existencia continuada del GFIA o ( iii) dar lugar a una opinión adversa o a una opinión con salvedades sobre las cuentas anuales o los estados intermedios de los GFIA.
El colegio de auditores de cuentas informará sin demora al Banco de Italia y a la Consob de cualquier acto o hecho del que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones que pueda constituir una irregularidad en la gestión o una violación de las disposiciones que rigen la actividad de los GFIA.
¿Está restringido el uso de letras laterales?
El uso de cartas complementarias no está restringido siempre que se revele su existencia a los demás inversores.
Impuestos
¿Cuál es el tratamiento fiscal de las principales formas de Fondos de Inversión Alternativos?
El tratamiento fiscal de las principales formas de FIA es el siguiente:
- No están sujetos al impuesto sobre la renta;
- Están sujetos al impuesto regional italiano sobre la actividad productiva (IRAP) sólo dentro de los límites de la diferencia entre comisiones activas y comisiones pasivas;
La retención en origen se limita a determinadas ganancias de capital.
¿Cuál es el tratamiento fiscal de las principales formas de gestor/asesor de inversiones?
Para los directivos/consultores de la FIA, el legislador italiano no ha previsto ninguna norma ad hoc .
Por lo tanto, se aplica el Texto Único Ordenado de las Leyes del Impuesto a la Renta (TIUR).
¿Se aplican impuestos de establecimiento o transferencia en relación con la participación de un inversionista en un Fondo de Inversión Alternativa o la transferencia del interés del inversionista?
No.
¿Cuál es el tratamiento fiscal de (a) inversionistas residentes, (b) no residentes y (c) de fondos de pensiones en Fondos de Inversión Alternativos?
El tratamiento fiscal de los inversores se diferencia, en función de:
- si la inversión se refiere a valores o bienes inmuebles; y
- la residencia del inversionista.
Por lo tanto:
- Inversor residente participante en un FIA no inmobiliario: Retención en origen sobre la renta periódica del 26%;
- Inversor residente participante en un FIA inmobiliario:
- Participantes Institucionales / Participantes No Institucionales con Inversiones No Calificadas: Retención en origen sobre la renta periódica del 26%;
- Participantes no institucionales con participaciones calificadas: los ingresos percibidos contribuyen a la formación de los ingresos del participante.
- Inversor no residente participante en un FIA no inmobiliario:
- Régimen de no tributación de las personas físicas no residentes según lo definido en el art. 6 del Decreto Legislativo n. 239/1996 (Personas que residen en jurisdicciones de la lista blanca , organismos internacionales o entidades establecidas en virtud de acuerdos internacionales aplicados en Italia; Inversores institucionales extranjeros, aunque no sujetos a impuestos, establecidos en jurisdicciones de la lista blanca ; Bancos centrales u organismos que también ges