9 agosto, 2019

Capital social y derechos de los accionistas

1 Tipos de acciones y denominación

una introducción

Sólo el capital social de las SpA y SapA se divide en acciones, mientras que el capital social de una Srl se divide en cuotas que representan el importe del capital social propiedad de cada miembro.

Por lo general, las acciones deben tener el mismo valor nominal (no es necesario indicarlo en los certificados de acciones ni en los estatutos, pero el valor agregado de las acciones emitidas no puede exceder el capital social de la empresa) y conferir iguales derechos a los titulares de acciones de la empresa. misma clase. Los estatutos pueden prever la emisión de diferentes clases de acciones que incorporan diferentes derechos de gestión y/o financieros. También es posible tener clases de acciones distintas de las acciones ordinarias, que otorgan a sus titulares derechos especiales a ganancias y derechos especiales de voto (por ejemplo, derechos de veto para resoluciones calificadas). De conformidad con el Decreto Legislativo 179/2012, también las empresas emergentes innovadoras constituidas como Srl pueden ahora crear diferentes categorías de cuotas que confieren a sus titulares un derecho especial.

No se permite la emisión de nuevas acciones o nuevas cuotas hasta que se encuentren totalmente desembolsadas todas las ya emitidas.

b Acciones con derechos de voto limitados – artículo 2351

Los estatutos pueden prever la emisión de acciones con derechos de voto limitados. Las acciones podrán conferir voto nulo, voto limitado a determinadas materias o voto sujeto a determinadas condiciones, pero el valor de dichas acciones no podrá exceder de la mitad del capital social en total. Además, es posible que los estatutos establezcan un límite máximo a los votos ejercibles por un solo accionista. Sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales, los estatutos sociales podrán prever la creación de acciones con múltiples derechos de voto incluso para materias particulares o sujetas a condiciones que no sean meramente potestativas. Cada acción multivoto podrá tener un máximo de tres votos.

c Acciones emitidas en beneficio de los empleados – artículo 2349

Si el contrato social así lo dispone, una sociedad podrá, mediante resolución de una asamblea especial de accionistas, distribuir ganancias mediante la emisión de acciones especiales que se asignarán a los empleados o a los empleados de las sociedades controladas. Estas acciones podrán estar sujetas a regulaciones especiales en cuanto a su forma, transmisión y demás derechos. Para poder emitir acciones en beneficio de los empleados, el capital de la empresa debe incrementarse en la cantidad correspondiente. Las empresas emergentes innovadoras pueden ofrecer a sus colaboradores, empleados, proveedores y consultores acciones de capital a modo de remuneración adicional (por ejemplo, opciones sobre acciones y trabajo por acciones).

d Acciones de «ahorro» – Decreto Legislativo nº 58/98

Las empresas italianas que cotizan en Bolsa también pueden emitir una clase diferente de acciones dedicada a los pequeños inversores. Estas participaciones de ahorro (« azioni di risparmio ») no tienen derecho de voto, pero su titular tendrá preferencia en la distribución de los beneficios y una parte limitada de las pérdidas. Las acciones de ahorro no están representadas por títulos de acciones y no pueden exceder de la mitad del capital social en circulación.

e Acciones de ‘disfrute’ – artículo 2353

Las » Azioni di godimento » (acciones de disfrute) no tienen derecho a voto, pero dan derecho a dividendos sujetos a la distribución de dividendos a los titulares de otras clases de acciones. Las Azioni di godimento sólo pueden emitirse en relación con una reducción de capital y se distribuyen como una especie de indemnización a quienes tienen derecho a un reembolso como consecuencia de la cancelación de sus acciones.

f ‘Seguimiento de acciones’ – artículo 2350

Las » Azioni correlate » (acciones de seguimiento) son acciones que confieren a sus titulares derechos de dividendos relacionados con la realización de una línea de negocio específica de la empresa. El contrato social debe especificar los criterios para identificar los costos y ganancias atribuibles a la línea de negocio en particular, los métodos contables que se utilizarán para calcular los ingresos y las ganancias o pérdidas de la línea de negocio relevante, los dividendos y derechos otorgados. a los titulares de acciones de seguimiento y cualquier condición o procedimiento para la conversión de acciones de seguimiento en acciones ordinarias. Los dividendos se pagarán a los titulares de acciones de seguimiento únicamente sobre las ganancias que la empresa obtenga en la línea de negocio correspondiente y que se registren en las cuentas de la empresa.

g ‘Acciones rescatables’ – artículo 2437 sexies

Como excepción a las reglas generales sobre la compra de acciones propias, el contrato social puede autorizar la emisión de acciones rescatables (» azioni riscattabili «), que son acciones rescatables por la sociedad o por los accionistas. El precio de reembolso se determina de acuerdo con la fórmula utilizada para liquidar acciones a un miembro que se retira de una empresa (cuando se cumplen las condiciones para hacerlo).

h Acciones privilegiadas

Una resolución de la junta extraordinaria de accionistas podrá votar para emitir acciones privilegiadas (» azioni privilegiate «) a las que se atribuyen los siguientes derechos:

(a) Privilegios relacionados con los beneficios:

(i) preferencia en la distribución de utilidades – las acciones darán derecho a un dividendo mayor en relación con las utilidades distribuidas;

(ii) prioridad en la distribución de ganancias: estas acciones participarán primero en cualquier distribución de ganancias, y solo las ganancias restantes después de la distribución se distribuirán a los tenedores de otras acciones; y

(iii) dividendos garantizados, independientemente de la decisión de distribuirlos.

(b) Privilegios relacionados con pérdidas.

Las llamadas » azioni postergate » (acciones diferidas) gozan de cierto aislamiento frente a la disminución de valor en circunstancias de reducción o pérdida total del capital de la empresa, ya que su valor sólo se reducirá si es necesario después de que la disminución del capital se haya reflejado en una reducción. del valor de las acciones ordinarias. No es posible excluir totalmente cualquier reducción en el valor de las acciones diferidas.

(c) Privilegios relacionados con la liquidación

Los titulares de acciones privilegiadas podrán tener derecho a la devolución del valor nominal de las acciones o de una participación mayor en el capital residual en caso de liquidación.

i Otros instrumentos financieros

Las SpA podrán obtener capital mediante:

(1) Instrumentos financieros emitidos como contraprestación por la prestación de servicios/bienes (` strumenti emessi a fronte di particolari aporti ’, artículo 2346 del Código Civil). Si están previstos en los estatutos, dichos instrumentos financieros podrán asignarse entre miembros o no miembros como contraprestación por el suministro a la empresa de bienes o servicios. Según el artículo 2351 del Código Civil, dichos instrumentos financieros pueden otorgar a sus titulares derechos de propiedad o de administración, con exclusión del voto en las juntas generales de accionistas. Los estatutos establecen las condiciones bajo las cuales se pueden emitir esos instrumentos y el efecto de la falta de prestación de los servicios relacionados.

(2) Los instrumentos emitidos en relación con fondos constituidos por la sociedad para realizar actividades específicas (` strumenti emessi a fronte di patrimoni destinati ‘, artículo 2447 bis y ter del Código Civil). Una SpA podrá constituir fondos de activos dedicados a proyectos específicos. Según el derecho corporativo italiano, es posible financiar tales proyectos mediante la emisión de instrumentos financieros vinculados al desempeño de los fondos y otorgando derechos de dividendos específicos a sus titulares. Los instrumentos deberán gestionarse por separado mediante un registro en el que se detalle la naturaleza del instrumento, sus tenedores y las transacciones relacionadas con el mismo.

Estos instrumentos son bastante poco comunes en la práctica italiana.

j Cuotas

Como se indicó anteriormente, las Srls no tienen acciones, pero su capital social está dividido en cuotas. Las cuotas son fracciones del capital y no pueden ser representadas por acciones/certificados. A diferencia de las acciones, las cuotas pueden ser de diferente valor, pero no pueden dividirse en diferentes clases, sin embargo los estatutos pueden otorgar a uno o más socios derechos especiales sobre la administración y participación en los dividendos; los derechos correspondientes corresponderán a los socios y no a la clase de acciones. La escritura de constitución de las llamadas start-ups innovadoras (es decir, aquellas empresas inscritas en una sección especial del Registro Mercantil competente) puede crear clases de acciones con diferentes derechos independientemente de lo dispuesto en el artículo 2468.2 y 2468.3 del Código Civil italiano. Código.

(i) Obligaciones: ‘Obbligazioni’ y Srls – artículo 2483

Según el artículo 2483 del Código Civil, una Srl puede emitir obligaciones a inversores acreditados.

Las obligaciones así emitidas sólo podrán ser suscritas por inversores profesionales sujetos a supervisión de conformidad con las leyes especiales aplicables. El comercio posterior de las obligaciones también está limitado por la disposición que especifica que si se transfiere una obligación, el cedente será responsable de la solvencia de la empresa en circunstancias en las que el cesionario no era un inversor profesional o un miembro de la compañía.

2 certificados de acciones

Las acciones y cuotas representan una parte del capital social de la empresa como lo demuestra su valor nominal. Las acciones deben ser de igual valor nominal. Podrán emitirse por un valor superior a su valor nominal (prima de emisión), pero no por un importe inferior a su valor nominal.

El certificado de acciones (que no se aplica a empresas públicas), si se emite, debe proporcionar la siguiente información:

(a) el nombre y dirección de la empresa;

b) la fecha de suscripción de los estatutos y de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil y donde se lleva el Registro;

c) el valor nominal y el capital social o, en el caso de acciones emitidas sin valor nominal, una indicación del número de acciones emitidas;

(d) la cantidad de acciones no totalmente desembolsadas; y

e) los derechos y obligaciones inherentes a los mismos. Los certificados de acciones deben estar firmados por un director (también digitalmente). También es posible emitir certificados de acciones temporales mientras se preparan los definitivos. Los certificados de acciones pueden ser únicos (que representan solo una acción) o múltiples (que representan más de una acción).

3 Emisión

una introducción

Como ya se mencionó, una de las condiciones necesarias para la constitución es la suscripción íntegra del capital social de la empresa. La suscripción consiste en una declaración o compromiso de aportar a la sociedad el valor de las acciones/cuota suscritas. Si la empresa está constituida por dos o más acciones/titulares de cuotas, basta con tener sólo el 25% del capital social desembolsado en el momento de la constitución. Si la contraprestación por la suscripción del capital social es en especie, las aportaciones no dinerarias deberán realizarse en su totalidad en el momento de la suscripción, independientemente del número de incorporadores.

Si el capital social se aumenta después de la constitución, la prima de emisión (si la hubiera) debe estar totalmente pagada al momento de la suscripción del aumento, mientras que al menos el 25% del valor nominal de las acciones/cuotas emitidas bajo el aumento de capital social debe pagarse al momento de la constitución. suscripción del mismo.

Un aumento de capital social podrá ser:

(a) sin contraprestación: cuando el aumento se financie capitalizando reservas disponibles u otros fondos, ya sea mediante la distribución de acciones de nueva emisión entre los accionistas o aumentando el valor nominal de las acciones existentes; o

(b) mediante suscripción en efectivo de acciones de nueva emisión de clases nuevas o existentes (y/o bonos o warrants convertibles).

No se pueden emitir nuevas acciones si las ya en circulación no han sido desembolsadas íntegramente, aunque parece válido un acuerdo de aumento de capital antes de que se hayan desembolsado las acciones existentes.

b Derechos de opción

Las nuevas acciones/cuotas deben ofrecerse primero a los titulares de acciones/cuotas existentes en proporción a su participación en el capital social y también a los tenedores de bonos convertibles (si se emiten). Al ejercer un derecho de opción, los socios tienen derecho, en caso de aumento de capital, a mantener una participación inalterada (pro-cuota) en el capital social. Quienes ejercen sus derechos de opción tienen un derecho de opción sobre las acciones de otros accionistas que no han ejercido sus derechos de opción. Para las empresas que cotizan en Bolsa, los derechos de opción no ejercidos deberán ser ofrecidos por los administradores al mercado.

La resolución (de la asamblea de socios o del Consejo de Administración si el pacto social así lo faculta) de aumentar el capital social puede limitar o excluir los derechos de opción sobre el aumento del capital social siempre que: (i) los administradores presenten a la sociedad un informe explicando las razones por las que se ha excluido o limitado el derecho de opción, incluyendo una explicación de los intereses de la sociedad que justifican dicha exclusión; y (ii) los comisarios presenten una opinión sobre la congruencia del precio de las acciones a emitir bajo el aumento de capital. En términos generales, la exclusión del derecho de opción se justifica si:

(a) satisface los intereses de una corporación; o

(b) el aumento se produce en el contexto de una fusión; o

(c) el incremento se produce mediante la emisión de bonos convertibles; o

d) el aumento se produce mediante aportación en especie; o

(e) las nuevas acciones se emiten en beneficio de los empleados; o

f) las nuevas acciones se emiten en beneficio de un inversor externo.

Además, para las empresas que cotizan en Bolsa, la resolución de aumentar el capital de la empresa y excluir o limitar los derechos de opción está sujeta al dictamen favorable de una sociedad auditora. Una resolución que excluye los derechos de opción y que no cumple con estas condiciones puede ser impugnada y, por lo general, no será aceptada por el notario público.

(i) Reformas

Si bien en relación con Srls se aplicarán los principios generales en materia de SpA, desde el 2 de enero de 2004 se ha podido incluir en el estatuto social una cláusula que permite a la sociedad aumentar su capital mediante ofertas a terceros, eliminando así el derecho de opción a los miembros existentes o una cláusula por la cual la opción no opera en proporción a las cuotas que ya poseen los miembros.

c Procedimiento

La decisión de aumentar el capital social está reservada a la asamblea extraordinaria de accionistas que se celebrará ante notario. El pacto social podrá otorgar al consejo de administración la facultad de aumentar el capital social hasta una cantidad definida y por el tiempo indicado en el pacto social y en todo caso por no más de cinco años a partir de la fecha de la resolución.

Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de suscripción de las acciones de nueva emisión, los directores deberán presentar en el Registro Mercantil una declaración que acredite que el aumento del capital social ha sido total o parcialmente suscrito y desembolsado hasta el monto mínimo exigido por la normativa aplicable. .

Las reglas anteriores se aplican a una SpA, pero las mismas reglas también se aplican a una Srl. Ahora es posible aprobar una resolución sobre un aumento de capital excluyendo los derechos de opción.

4 Transferencia – artículo 2355

Las acciones pueden transmitirse de dos formas:

(a) mediante endoso notarial (ya sea por un corredor o un notario público) del certificado de acciones (si se emite) y registro de la transferencia en el libro de accionistas; o

(b) mediante inscripción de la transferencia en el libro de accionistas (la llamada «transmisión») realizada por uno de los administradores de la empresa previa entrega de una escritura de transferencia notariada.

Las acciones negociadas en un mercado regulado se transfieren mediante registro en la cuenta del intermediario (banco u otro organismo autorizado) que negocia con las acciones.

Las acciones al portador se transfieren simplemente entregando el certificado.

Los estatutos pueden prohibir la transferencia de acciones. Sin embargo, esta restricción no podrá durar más de cinco años a partir de la fecha de constitución.

Los estatutos pueden restringir la transferencia de acciones mediante disposiciones de preferencia o disposiciones de consentimiento ( clausole di gradimento ). Esta última disposición permite al Directorio o a la asamblea de accionistas o a los accionistas, decidir si el registro de un nuevo accionista en la sociedad debe estar sujeto a su consentimiento, con base en criterios o características personales predeterminados. Mientras que hasta el 31 de diciembre de 2003 la ley consideraba que las disposiciones de consentimiento eran ineficaces en las SpA si no se basaban en su razonabilidad, ahora es válida una cláusula según la cual las disposiciones de consentimiento estarían sujetas a la pura discreción del Consejo de Administración siempre que los estatutos contuvieran una obligación para los socios o la sociedad de comprar las acciones que se van a vender o para el socio vendedor de retirarse de la sociedad. Otras cláusulas que potencialmente afectan la transferencia de cuotas/acciones (por ejemplo, tag-along, drag-along) son aplicables según las leyes italianas.

En lo que respecta a una Srl y a la transferencia de cuotas, el Código Civil establece que las cuotas son transferibles tanto por transacciones inter vivos como por herencia. Sin embargo, según el artículo 2469 del Código Civil, el contrato social puede prohibir o limitar la transferencia de cuotas. En caso de prohibición absoluta de transferencia, al fallecer el cuotista, la masa tendrá derecho a la liquidación de la cuota.

En cuanto a las transmisiones inter vivos, el cambio de titularidad se hace efectivo respecto de la sociedad a partir de la fecha de inscripción de la transmisión en el Registro Mercantil. El registro lo realiza el Notario Público que certifica ante notario la transferencia o un contador acreditado dentro de los 30 días siguientes a la fecha real de la transferencia.

5 Operaciones de empresa con acciones propias

Una Srl no puede adquirir sus propias cuotas en ninguna circunstancia, salvo: 1) con el fin de anular la cuota y reducir el capital social en virtud de los artículos 2357, 2357 bis y 2357 ter; y 2) es una nueva empresa innovadora inscrita en una sección especial del Registro de Empresas competente y compra sus propias cuotas únicamente para implementar planes de incentivos a favor de sus propios empleados, directores o proveedores de servicios. Una Spa podrá adquirir acciones propias hasta el valor de sus beneficios distribuibles y de sus reservas disponibles que resulten del último estado financiero aprobado siempre que:

(a) las acciones estén totalmente desembolsadas;

(b) las acciones no exceden la décima parte del capital, incluidas las acciones propiedad de una filial; y

(c) la compra es aprobada por la junta de accionistas.

Los mismos requisitos se aplican a una compra por parte de la empresa a través de una sociedad fiduciaria o de un tercero.

Tal compra sólo podrá realizarse previa resolución de la junta ordinaria de accionistas, que en la misma resolución podrá prever transacciones posteriores a la adquisición de las acciones.

Mientras las acciones sean propiedad de la sociedad, los derechos de distribución de utilidades y las opciones que de ellas se deriven se atribuyen proporcionalmente a los demás accionistas.

Si se incumplen estos requisitos, la sociedad deberá vender las acciones así adquiridas en el plazo de un año o en caso contrario deberá velar por que dichas acciones sean canceladas y que el capital social se reduzca en consecuencia. Esto puede lograrse mediante resolución de la junta de accionistas o mediante decreto del tribunal competente. Sin embargo, esto no se aplica si la compra es gratuita o si el capital social se reduce mediante amortización y cancelación de parte de las acciones. En todo caso, las acciones deberán estar íntegramente desembolsadas. Los derechos de voto correspondientes a dichas acciones quedan suspendidos mientras las acciones sigan siendo propiedad de la empresa.

La adquisición por una sociedad cotizada de acciones propias podrá realizarse mediante oferta pública de compra, o cumpliendo las normas dictadas por el mercado de valores, con el fin de otorgar a los accionistas un trato igualitario.

Una empresa no puede suscribir sus propias acciones. Si esto ocurre, las acciones deberán ser desembolsadas por los promotores, los accionistas fundadores o los administradores.

El artículo 2358 del Código Civil establece las condiciones bajo las cuales una Spa puede financiar o entregar garantías para la adquisición o suscripción de acciones propias; Los mismos estatutos también establecen las condiciones bajo las cuales una SpA puede recibir sus propias acciones como garantía.

La asamblea extraordinaria de socios debe autorizar dichas transacciones y los directores deben entregar un informe explicando los resultados positivos de la transacción para la empresa. El informe de gestión deberá acreditar que la transacción se realiza en condiciones justas de mercado y deberá presentarse en el domicilio social de la sociedad a más tardar 30 días antes de la reunión. Si las acciones cuya compra o suscripción se negocian en bolsa, su precio de compra no puede ser inferior al precio medio al que se hayan negociado las acciones durante los seis meses anteriores. El artículo 2358 no se aplica si el financiamiento o la garantía respaldan la adquisición o suscripción de acciones por parte de los empleados de la empresa o de sus filiales; Los directores no entran en el concepto de empleados según el artículo 2358 del Código Civil italiano. Una Srl no puede en ningún caso adquirir o aceptar en garantía sus propias cuotas ni conceder préstamos o garantías para su adquisición o suscripción.

El importe total de los fondos financiados o garantizados por la empresa no puede exceder el importe de las reservas/dividendos disponibles según el último estado financiero aprobado.

El artículo 2359 bis del Código Civil contiene otras disposiciones relativas a la adquisición de acciones por filiales. En particular, una filial puede comprar acciones de su sociedad controladora por un monto no superior a las reservas/dividendos disponibles según el último estado financiero aprobado, y en cualquier caso no puede exceder 1/5 del capital social de la sociedad controladora. Se debe proporcionar y mantener una reserva indisponible, igual al monto de las acciones/cuota, hasta que las acciones/cuota no se transfieran. La filial no puede votar en la junta de accionistas de la empresa matriz.

El artículo 120 del Decreto nº 58/1998 contiene otras disposiciones relativas a las participaciones cruzadas de una sociedad cotizada.

6 Reducción de capital

Sólo la asamblea extraordinaria de accionistas tiene competencia para resolver sobre la reducción del capital social. Tal resolución puede resultar de una reducción del activo y del pasivo de la sociedad o de pérdidas sufridas por la misma. La ley establece que podrá realizarse una reducción de capital cuando exista un exceso de capital con respecto a las necesidades de la empresa. Dado que la reducción de capital provoca una disminución de la seguridad de los acreedores, sólo puede llevarse a cabo 90 días después de la inscripción de la resolución de accionistas pertinente en el Registro de Empresas. Los acreedores tienen derecho a impugnar la resolución de reducción del capital social ante el tribunal competente durante dicho plazo. De presentarse tal reclamo, se suspenderá la resolución; Sin embargo, el tribunal puede autorizar su ejecución provisional si la empresa ofrece garantías suficientes a los acreedores. También puede producirse una reducción de capital con reducción de activos y pasivos cuando un accionista abandona la empresa. Sin embargo, en este caso la ley no exige que la empresa proporcione garantía alguna a los acreedores. La restricción del poder de reducir el capital social se aplica a las empresas que emiten bonos.

La reducción del capital social por pérdidas podrá ser resuelta por la asamblea de accionistas previa aprobación de los estados financieros. Si las pérdidas exceden el monto del capital social en un tercio, los directores deben convocar la junta de accionistas/cuota sin demora para disolver la empresa o recapitalizarla o transformarla a otra forma que tenga un capital social menor. . Para las empresas emergentes innovadoras se prevé un plazo más largo para recapitalizar o transformar la empresa . Si las pérdidas no se reducen a menos de un tercio del capital dentro del ejercicio contable siguiente, la junta de accionistas que apruebe el estado financiero correspondiente deberá reducir el capital social (dentro de los montos mínimos previstos por las leyes aplicables) en proporción al capital existente. pérdidas. Si la junta de accionistas no así lo resuelve, la reducción de capital podrá ser ordenada por el tribunal competente.

Si por pérdidas el capital social cae por debajo del mínimo exigido por la ley, deberá convocarse a una asamblea de accionistas para resolver sobre:

(a) la reducción del capital social por el monto de la pérdida y el aumento simultáneo del capital social hasta el capital social mínimo legal previsto por las leyes aplicables); o

(b) la transformación de la empresa en una forma diferente de empresa que requiere un capital mínimo legal inferior (por ejemplo, de una SpA a una Srl).

Si no se toman tales resoluciones, la sociedad será eventualmente liquidada por orden del tribunal competente.

Si no queda capital social para asegurar las operaciones, la sociedad debe ser liquidada.

Como regla general según la legislación corporativa italiana, cada accionista tiene derecho a voto. Las acciones de diferentes clases dan derecho a diferentes derechos de voto y, bajo ciertas condiciones, a los tenedores de instrumentos financieros se les puede otorgar el derecho de votar sobre ciertos asuntos. Este documento analiza los derechos de los accionistas en Italia de la siguiente manera: votación según el Código Civil italiano, art. 2351; dividendos; asambleas generales de accionistas; y protección de los accionistas minoritarios.

B DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS

1 Votación – artículo 2351

Como regla general, cada accionista tiene derecho a voto. Sin embargo, según el artículo 2351 del Código Civil, el contrato social podría prever la creación de acciones sin derecho de voto, con derecho de voto limitado a materias particulares, con derecho de voto sujeto a la concurrencia de condiciones particulares que no sean meramente potestativas. El valor total de dichas acciones no podrá exceder de la mitad del capital social. Los estatutos también pueden disponer que, en relación con el número de acciones poseídas por una misma parte, el derecho de voto se limite a una cantidad máxima o puede prever un escalonamiento de los derechos de voto. También podrá prever la emisión de acciones con múltiples derechos de voto incluso para materias determinadas o sujetas a la concurrencia de condiciones particulares que no sean meramente potestativas, salvo lo dispuesto por leyes especiales. Cada acción multivoto podrá tener hasta un máximo de tres votos. Las acciones de diferentes clases dan derecho a diferentes derechos de voto y, bajo ciertas condiciones, a los tenedores de instrumentos financieros se les puede otorgar el derecho a votar sobre ciertos asuntos (ver arriba).

a Derecho a asistir a las reuniones

Los miembros votan en la asamblea de cuotas/accionistas. Por lo tanto, los cuota/accionistas que no tienen derecho a voto no tienen derecho a asistir a las asambleas de cuota/accionistas; sin embargo, en determinadas circunstancias, las cuotas/accionistas pueden asistir a la reunión, pero no tienen derecho a votar: cuotas/accionistas atrasados ​​en el pago de sus acciones, cuotas/accionistas titulares de ` azioni di godimento ‘ (acciones de disfrute) o las acciones con derechos de voto limitados pueden generalmente asistir a la junta, pero no se les concede el derecho de voto.

El contrato social puede condicionar el derecho de participación en las reuniones a condiciones particulares.

Según el artículo 127 del Decreto nº 58/1998, los estatutos de las sociedades cotizadas pueden permitir a los accionistas ejercer su derecho de voto por correspondencia o electrónicamente. La Comisión Nacional de Sociedades Cotizadas y de la Bolsa de Valores ha indicado las formalidades a cumplir para el ejercicio del derecho de voto por correspondencia o electrónicamente.

Desde el 1 de enero de 2004, este procedimiento se ha extendido a todas las sociedades si el contrato social lo autoriza y prevé las formalidades para votar por correspondencia.

b Derechos de terceros

Según el artículo 2352 del Código Civil, si las acciones están pignoradas o sujetas a un derecho de usufructo a favor de un tercero, el derecho de voto se otorga (salvo disposición en contrario de las partes) al acreedor prendario o al tenedor de la misma. el derecho de usufructo. En caso de embargo ( pignoramento ) o embargo ( sequestro conservativo o giudiziario ) de las acciones, el derecho a participar y a votar en la junta de accionistas se concede al depositario de las acciones, según instrucciones del tribunal. Estas reglas también se aplican a las cuotas en una Srl. Además, el artículo 2468 del Código Civil italiano establece que, cuando exista copropiedad de cuotas en una Srl, los derechos de voto deben ser ejercidos por un representante conjunto de los copropietarios.

c Limitaciones al derecho de voto

El derecho de voto no podrá ser ejercido por un accionista que se encuentre en mora en el pago de sus acciones.

Los accionistas tienen deberes fiduciarios para con la empresa. Según el artículo 2373, un accionista con conflicto de intereses puede participar en el debate y de hecho votar, pero si el voto es determinante para la adopción de la resolución y la aprobación de la resolución causa daño a la sociedad, la resolución puede ser desafiado. Los directores no podrán votar en decisiones relativas a su responsabilidad, ni tampoco los miembros del consejo de supervisión podrán votar en decisiones relativas al nombramiento, destitución o responsabilidad de los miembros del consejo de supervisión.

d Requisitos de divulgación

Los accionistas de una sociedad que cotiza en bolsa, o los accionistas de una sociedad privada que adquieran determinadas participaciones en una sociedad cotizada, podrán verse sujetos a diversos deberes de información por parte de la Comisión Nacional de Sociedades Cotizadas y de la Bolsa (‘ CONSOB’).

Según el artículo 120 del Decreto nº 58/1998 y el artículo 117 del Reglamento CONSOB nº 11971/1999, cuando un accionista haya adquirido, directa o indirectamente, la propiedad de más del tres por ciento del capital de una sociedad cotizada (o del cinco por ciento en un PMI), está obligado a dar aviso a la empresa y a la CONSOB dentro de los cuatro días hábiles, contados a partir del día en que tuvo conocimiento de la variación idónea para determinar la ocurrencia de dicha obligación. Otras variaciones de la participación accionaria deberán ser comunicadas de acuerdo con los términos especificados por la Consob con normas específicas si dichas variaciones exceden la mitad del porcentaje de participación previamente poseído.

Se solicitan notificaciones adicionales a la empresa y a la CONSOB cuando el accionista adquiera más del 5%, 10%, 15%, 20%, 25%, 30%, 50%, 66,6% y 90%. Cuando hay participaciones cruzadas, la empresa que haya notificado a la CONSOB en último lugar no puede votar las acciones que superen el umbral y debe vender dichas acciones en un plazo de 12 meses. En caso de no vender dentro del plazo establecido, la suspensión del derecho de voto se extiende a la totalidad de la participación. Los mismos requisitos de notificación se aplican a las sociedades cotizadas que posean, directa o indirectamente, una participación que supere los umbrales mencionados.

y apoderados

A menos que los estatutos dispongan lo contrario, una cuota/accionistas podrá estar representada en la asamblea de cuotas/accionistas por un apoderado. El poder deberá otorgarse por escrito y deberá cumplir con cualquier otra condición establecida en el contrato social. La representación podrá ser para una o más reuniones y podrá ser revocada en cualquier momento. Los directores y los síndicos no pueden actuar como apoderados.

f Acuerdos de votación

Los llamados » sindacati di voto » (acuerdos de votación) generalmente se consideran válidos y admisibles. Consisten en un acuerdo de accionistas por el que algunos accionistas se comprometen recíprocamente a votar según la voluntad de la mayoría de los firmantes del acuerdo. Los pactos parasociales que tienen por objeto la regulación de la transmisibilidad de las acciones, los derechos de voto o el ejercicio de influencia sobre la sociedad están regulados por el artículo 2341 bis y ter del Código Civil. Los acuerdos parasociales no podrán durar más de cinco años. Según la mayoría de los comentaristas, el plazo de cinco años no se aplica a las Srls. Los pactos de accionistas son válidos en la medida en que no priven a la junta de accionistas de sus funciones, no supriman la libertad de voto ni entren en conflicto con los intereses de la sociedad.

Según el artículo 122 del Decreto nº 58/1998, los acuerdos de voto relativos a las sociedades cotizadas deben ser comunicados a la sociedad y a la CONSOB en el plazo de cinco días a partir de la fecha de su celebración, publicados en la prensa diaria y archivados en el Registro Mercantil. Si no se cumplen estas formalidades, no se podrán ejercer los derechos de voto correspondientes a dichas acciones. Las SpA públicas tienen el deber de declarar los acuerdos parasociales a la sociedad y en la apertura de las juntas generales; quedando registrada dicha declaración en el acta de la reunión. Este requisito no es aplicable a los acuerdos de opciones de compra y venta.

2 dividendos

Cada acción da derecho a su titular a una parte proporcional de los dividendos netos resultantes del balance, sujeto a cualquier limitación en relación con clases particulares de acciones. La misma disposición se aplica a las cuotas de una Srl.

El derecho a recibir dividendos surge únicamente como consecuencia de una resolución debidamente aprobada en una junta de accionistas después de que se haya aprobado una resolución que aprueba el balance. Se trata de dos resoluciones distintas. Si los dividendos se pagan con base en un balance debidamente aprobado y la resolución que los aprueba es nula, los dividendos no podrán ser reclamados a los accionistas que los recibieron de buena fe.

Los dividendos sólo pueden pagarse con cargo a los beneficios realmente obtenidos (es decir, que figuran en un balance debidamente aprobado). No pueden pagarse cuando se hayan producido pérdidas en el capital de la empresa hasta que el capital sea reembolsado o reducido en una cantidad igual a las pérdidas. La junta de accionistas podrá acordar no distribuir dividendos sino, en cambio, consignarlos en reservas voluntarias. Las sociedades que estén obligadas por ley a auditar sus balances podrán distribuir un dividendo a cuenta durante el ejercicio si así lo prevé expresamente el contrato social.

Según el artículo 2340 del Código Civil, en todo caso y sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales, deberá destinarse a una reserva un mínimo del 5% de los ingresos netos anuales, hasta que dicha reserva alcance el 5% del capital social. . La reserva deberá ser restituida si ésta se reduce por cualquier motivo.

La distribución de dividendos a cuenta sólo es posible en el caso de una empresa cuyo balance esté legalmente sujeto a auditoría externa. La distribución provisional debe ser aprobada por resolución de los administradores, sobre la base de un estado económico y financiero de la sociedad que muestre una previsión de ganancias al final del ejercicio y con el consentimiento del Colegio de Auditores. Si los beneficios previstos no se obtienen al final del ejercicio financiero, los dividendos a cuenta recibidos por los accionistas de buena fe no podrán reclamarse.

3 Asambleas generales de accionistas

Es necesaria una junta de accionistas debidamente convocada para expresar la voluntad de la sociedad. La mayoría de votos es la regla y es vinculante para los accionistas ausentes o disidentes.

una convocatoria de una reunión

La asamblea de accionistas deberá ser debidamente convocada de conformidad con la ley y el pacto social; la reunión es generalmente convocada por los directores (y, durante una liquidación, por los liquidadores) mediante una convocatoria escrita. En casos especiales podrá ser convocada por los comisarios o por el tribunal.

Según el artículo 3266 del Código Civil y el 125 bis del Decreto nº 58/1998, las asambleas de accionistas de las SpA públicas se convocan mediante un anuncio que se publicará en el sitio web de la empresa o en el diario indicado en el contrato social. al menos 30 días antes de la fecha de la reunión. En las SpA de propiedad privada, la junta de accionistas se convoca mediante un anuncio que debe publicarse en el Diario Oficial de la República Italiana (‘ Gazzetta Ufficiale della Repubblica ‘ ) o en un diario indicado en el contrato social al menos 15 días antes de la fecha de la reunión; si el contrato social así lo dispone, la asamblea de accionistas podrá ser convocada mediante aviso de convocatoria enviado a los accionistas, a los Directores y a los síndicos utilizando un medio que garantice prueba de recepción (por ejemplo, solicitud de acuse de recibo por correo electrónico, fax, correo certificado) y enviado al menos ocho días antes de la fecha de la reunión.

En las Sociedades Srl, la asamblea de socios se convoca mediante aviso enviado a cada accionista al menos ocho días antes de la asamblea, a menos que el contrato social disponga otra cosa. Los estatutos pueden autorizar la convocatoria de la junta por cualquier medio que garantice prueba de recepción (por ejemplo, acuse de recibo solicitado por correo electrónico, fax, correo certificado).

La convocatoria deberá indicar el día, hora y lugar de la reunión y un orden del día de los puntos a tratar. La junta de accionistas no puede adoptar acuerdos sobre asuntos no contenidos en el orden del día o que no estén estrictamente relacionados con él.

El incumplimiento de las formalidades para convocar una asamblea de cuotas/accionistas no invalidará una asamblea a la que asista todo el capital de la empresa, representado por todos los accionistas y todos los directores y síndicos (si los hubiere) (el llamado » asamblea totalitaria ‘, o junta plena de accionistas). Sin embargo, en dicha reunión los participantes podrán cuestionar la discusión de asuntos sobre los cuales no han sido suficientemente informados.

En términos generales, una asamblea de accionistas se convoca a discreción de los directores; sin embargo, en los siguientes casos la ley exige que los directores convoquen una asamblea:

(1) al final del ejercicio y, en cualquier caso, al menos una vez al año para la aprobación del balance;

(2) para el reemplazo de directores cuya ausencia imposibilite que los directores restantes alcancen la mayoría;

(3) cuando sea necesario reemplazar a uno de los síndicos (cuando, incluso utilizando auditores suplentes, la Junta de Síndicos no esté completa);

(4) cuando la empresa haya sufrido pérdidas superiores a un tercio de su capital (si esto ocurre, el capital de la empresa deberá reducirse en consecuencia);

(5) si lo solicitan accionistas que representen al menos una vigésima parte del capital de la sociedad;

(6) adoptar acuerdos para la disolución de la sociedad, si se ha producido un hecho causante de la disolución.

En todos los casos anteriores, si los directores no convocan a una reunión, entonces los síndicos u otro órgano de control deberán hacerlo. Los comisarios también están obligados a convocar una asamblea de accionistas cuando ya no queden directores en ejercicio, cuando los accionistas que representen al menos una vigésima parte del capital informen sobre posibles violaciones de la ley que a juicio del Tribunal de Cuentas se basen en fundamentos razonables. o cuando en el ejercicio de su función tengan conocimiento de irregularidades que deban discutirse en dicha reunión.

b Tipos de reunión

En las SpA existen dos tipos de junta de accionistas, una junta ordinaria y una junta extraordinaria. Se requiere una mayoría diferente para aprobar las votaciones en cada uno. Los titulares de acciones con derechos de voto limitados y los titulares de acciones de «ahorro» no pueden votar en las asambleas ordinarias. Los acuerdos adoptados en las juntas ordinarias se refieren a la gestión normal de la sociedad.

Los asuntos de una junta ordinaria varían dependiendo de si la empresa cuenta con un consejo de supervisión. Si no es así, el asunto de la junta ordinaria será, inter alia,:

(a) nombrar directores y síndicos y sustituirlos al término de sus mandatos o por otras causas, o destituirlos, fijando el número de directores si el contrato social simplemente indica un mínimo y un máximo, y nombrar al Presidente del el Consejo Directivo y el Consejo de Revisorías Fiscales;

(b) fijar la remuneración de los directores y síndicos si aún no está determinada por los estatutos;

(c) votar para aprobar el balance anual, distribuir dividendos y comprar acciones propias, y decidir qué medidas se tomarán en caso de pérdidas para la sociedad;

(d) decidir sobre las acciones que se tomarán contra los directores en caso de mala gestión de la sociedad o violación de sus deberes de diligencia; y

(e) decidir sobre todos los asuntos que afecten a su propia competencia según los estatutos y sobre todos los asuntos que le sometan los administradores.

En las empresas que cuentan con un consejo de vigilancia, el cometido de la junta ordinaria es, por lo general,:

(i) nombrar y destituir a los miembros del consejo de vigilancia y determinar su remuneración si así no está previsto en el contrato social;

(ii) decidir las acciones que deban tomarse contra los administradores en caso de mala gestión de la sociedad o incumplimiento de sus deberes de diligencia; y

(iii) acordar la distribución de dividendos.

Los asuntos de la junta extraordinaria, en la que podrán participar todos los accionistas excepto los titulares de acciones de ‘ahorro’, resuelven:

(a) modificaciones a los artículos de constitución y estatutos;

(b) la emisión de bonos;

c) el nombramiento y facultades de los responsables de una liquidación;

(d) la propuesta de convenio con acreedores o de sindicatura temporal; y

e) la emisión de acciones para personas que presten servicios a la empresa o de instrumentos financieros para empleados de empresas filiales.

Estas materias están fijadas por la ley y será nula cualquier cláusula del contrato social que pretenda establecer lo contrario. Sin embargo, hay una serie de otras cuestiones que la asamblea de accionistas puede delegar a los directores para que tomen decisiones, entre ellas:

(a) qué directores tienen poder para representar a la empresa;

(b) la propuesta de convenio con acreedores o de sindicatura temporal; y

c) En determinadas condiciones, el aumento del capital social de la sociedad y la supresión del derecho de opción.

c Cuyo

En una transacción de inversión es bastante común incluir en los estatutos un quórum especial o someter las resoluciones sobre materias específicas a supermayorías para asegurar que determinadas resoluciones se tomen con el voto efectivo de los inversores.

Si no se alcanza el quórum o las mayorías requeridas se deberá convocar nuevamente la reunión. La fecha de las reuniones posteriores puede figurar (como suele ser el caso) en la convocatoria de la primera reunión. El orden del día de la segunda reunión deberá ser el mismo que el de la primera. En las juntas ordinarias convocadas por segunda vez, será suficiente la mayoría simple del capital presente en la junta, mientras que en las juntas extraordinarias convocadas por segunda vez, los acuerdos deberán ser aprobados por al menos un tercio del capital de la sociedad. Los estatutos siempre podrán establecer requisitos de mayoría superior. Incluso podrá exigirse una mayoría superior a la mitad del capital para determinados asuntos en las reuniones que se convoquen por segunda vez. Nuevamente, los estatutos pueden prever quórums diferentes, similares a los de la primera reunión.

Se aplicarán quórums especiales y mayorías cualificadas a las sociedades cotizadas y a las que recurran a capital riesgo.

Las SRL tienen mayor flexibilidad a la hora de regular las juntas de cuotistas. El artículo 2479 del Código Civil permite a los miembros tomar decisiones por escrito como alternativa a la celebración de una reunión real; el contrato social regulará el proceso para tomar decisiones mediante consentimiento escrito; si el pacto social no así lo dispone, los miembros se reunirán personalmente. Por aplicación de las leyes, hay una serie de cuestiones que no pueden decidirse mediante consentimiento escrito, por ejemplo, la modificación de los estatutos y cualquier decisión de realizar transacciones fuera del alcance de los objetos de la empresa o menoscabar los derechos de los miembros. . Además, según el artículo 2479 del Código Civil, debe convocarse una asamblea de socios si lo solicitan uno o más directores o socios que representen al menos un tercio del capital social de la sociedad.

El quórum para la reunión de socios será de al menos el 50% del capital. Los acuerdos se adoptan con el voto favorable de la mayoría del capital social representado en la reunión. Las decisiones relativas a la modificación de la escritura de constitución y del contrato social o de transacciones que requieran una modificación sustancial del objeto social o que afecten los derechos de los socios se toman con el voto favorable de socios que representen al menos el 50% del capital.

Procedimiento

Un presidente de la reunión, designado ya sea en los estatutos o por los asistentes, preside la reunión. El Presidente está asistido por un Secretario; El Presidente y el Secretario de la reunión deberán encontrarse en el mismo lugar durante la reunión. Sólo en las reuniones extraordinarias se requiere por ley la asistencia de un Notario Público. El Presidente tiene poderes para comprobar que la reunión ha sido debidamente convocada, excluir de la votación a quienes no tengan derecho a votar y declarar el resultado de la votación.

Se debe levantar acta de la reunión. En las reuniones ordinarias, las firman el Presidente y el Secretario. En las reuniones extraordinarias son otorgados por el Presidente y el Notario, quien también es el encargado de redactarlos. Previa solicitud, los accionistas tienen derecho a que sus declaraciones consten en acta. Antes de ser firmada, el acta deberá ser leída y aprobada por los asistentes. Si no se levanta acta, aunque es un tema discutible, los procesos judiciales más recientes afirman que las resoluciones tomadas son nulas. Si las actas sólo están incompletas, las resoluciones son anulables.

Las resoluciones aprobadas por una asamblea de accionistas pueden ser anulables si son ilegales según la ley general o violan los estatutos o la escritura de constitución de la empresa. También es anulable una resolución:

(a) en el que un voto fue emitido por una persona sin derecho a votar y este voto determinó si había quórum constitutivo;

(b) cuando hubo voto de una persona con conflicto de intereses y esto causó daño a la empresa;

(c) el acta de la reunión está incompleta en la medida en que no se puede determinar el contenido, efecto o validez de la resolución; o

d) el quórum deliberativo se alcanzó mediante el conteo de los votos nulos.

Sin embargo, incluso si una resolución es anulable, a menos que exista una impugnación legal, tendrá efecto. Podrán interponer la acción los accionistas con derecho a voto que estuvieron ausentes, disidentes o abstenidos, los directores, los miembros de la comisión supervisora ​​y los síndicos. Los terceros que no tengan derechos sobre las acciones con derecho a voto no podrán ejercitar la acción de anulabilidad.

La impugnación judicial deberá presentarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de la resolución o, si está sujeta a inscripción en el Registro de Empresas, dentro de los 90 días siguientes a su inscripción o, si está sujeta únicamente a presentación en la oficina del Registro. de Empresas, dentro de los 90 días siguientes a la fecha de la resolución.

Una nueva clase de resolución será nula. Se trata de resoluciones que:

(a) tener un objeto imposible o ilícito, incluidas las modificaciones del objeto de la empresa para incluir un objeto imposible o ilícito;

(b) se aprobaron sin convocar una asamblea (excepto si la asamblea que aprobó la resolución fue una asamblea de todos los accionistas con derecho a voto); o

(c) no tener actas.

Las acciones para declarar la nulidad de un acuerdo podrán ser interpuestas por «cualquiera que tenga interés», categoría que incluirá a los titulares y accionistas de la sociedad y a los terceros que puedan demostrar su interés. Además, el tribunal puede actuar por propia voluntad. Por lo general, existe un plazo de prescripción de tres años para impugnar las resoluciones nulas, salvo aquellas que modifiquen el objeto social, que pueden impugnarse en cualquier momento. Además, en algunos casos, incluidas las resoluciones tomadas sin convocar una reunión o sin acta, la empresa puede tomar medidas correctivas que efectivamente hagan que la resolución sea legal (en los dos casos mencionados, esto sería obtener el consentimiento de los miembros ausentes para la resolución). aprobadas y redactar las actas correspondientes).

e Reuniones especiales o colectivas – artículo 2376

El Código Civil establece que se deben celebrar asambleas especiales o de clase (de una SpA) si existen diferentes clases de acciones o instrumentos financieros con derecho a voto que se verán afectados por una resolución de la asamblea de accionistas. Estas juntas colectivas se rigen por las normas de las juntas extraordinarias de accionistas de SpA. Si se admiten acciones o instrumentos financieros en el sistema de gestión centralizada, el derecho de asistencia y voto en la correspondiente asamblea de accionistas se regirá por leyes especiales.

4 Protección de los accionistas minoritarios

Además de los derechos que poseen los accionistas minoritarios en virtud de principios generales del derecho, como la «buena fe», la «imparcialidad» y el «abuso de derecho», el Código Civil identifica los siguientes derechos:

(a) los accionistas que representen al menos un tercio del capital de la sociedad podrán tener un asunto incluido en el orden del día de una junta de accionistas, tener una junta celebrada a pesar de la presencia en el contrato social de un mecanismo alternativo para la toma de decisiones (artículo 2479 del Código Civil) o exigir el aplazamiento de una reunión;

b) los accionistas que representen la décima parte del capital social pueden oponerse a la renuncia o liquidación de una acción de responsabilidad de los administradores (artículo 2476 del Código Civil); y

(c) cualquier accionista puede interponer una acción contra un director para la determinación de su responsabilidad o someter el asunto a la Junta de Auditores Fiscales para su examen (artículo 2408 del Código Civil).

Además, con carácter general todos los accionistas tienen los siguientes derechos básicos:

a) el derecho a mantener la condición de accionista hasta la disolución de la sociedad;

(b) el derecho a recibir dividendos (que, como ya se mencionó, está sujeto a una resolución de la junta general);

(c) el derecho de preferencia sobre acciones de nueva emisión (como ya se indicó, este derecho, bajo ciertas condiciones, puede excluirse);

(d) el derecho a transferir acciones; y

(e) el derecho a participar en cualquier activo excedente en una liquidación.

 

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