Apostilla, legalización y protocolización

Nuestros servicios de apostilla y legalización garantizan la obtención de la autentificación de documentos exigida por las autoridades italianas para su uso a nivel internacional.

¿Cuál es la diferencia entre apostilla y la legalización?

Tanto la apostilla como la legalización son procedimientos administrativos a través de los cuales un documento oficial emitido en Italia (p. ej. documentos judiciales, documentos administrativos, actas notariales, certificados oficiales, etc.) es autenticado y certificado para ser utilizado fuera de Italia. A menudo el documento debe ser autenticado por un notario italiano antes de que pueda ser apostillado o legalizado.

El de apostilla, a diferencia del de legalización, es un procedimiento más simple y rápido, pero solo está disponible para las jurisdicciones que son parte del Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961. En cambio, en caso de jurisdicciones que no son parte del Convenio de La Haya, el documento debe ser legalizado en Italia por la embajada o consulado del país en el que deba ser utilizado.

A día de hoy, el Convenio de la Apostilla de La Haya ha sido firmado por 115 países. No se requiere apostilla ni legalización para documentos expedidos en las siguientes jurisdicciones: Bélgica, Dinamarca, Estonia, Francia, Irlanda, Letonia (Convenio de Bruselas de 25 de abril de 1987), Alemania (Convenio de Roma de 7 de junio de 1969) y Hungría (Convenio de Budapest de 26 de mayo de 1977).

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